He encontrado un artículo en mamasenapuros.com que me ha parecido genial. Trata de las ayudas que ofrece el Gobierno para familias numerosas, y aunque algunas de ellas ya las conocemos de sobra, existen otras no tan conocidas que merece la pena repasar:
- La contratación de cuidadores en familias numerosas dará derecho a una bonificación del 45 % de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador en las condiciones que legal o reglamentariamente se establezcan.
- Los convenios colectivos podrán incluir medidas para la protección de los trabajadores cuya familia tenga la consideración legal de familia numerosa, en particular en materia de derechos de los trabajadores, acción social, movilidad geográfica, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y extinción del contrato de trabajo.
- Para los trabajadores que formen parte de unidades familiares que tengan reconocida la condición de familia numerosa, se duplicarán los plazos señalados legalmente para desalojar la vivienda que ocupen por razón de trabajo cuando quede extinguida la relación laboral.
- Beneficos en actividades y servicios públicos: Derechos de preferencia en la concesión de becas y ayudas en materia educativa, adquisición de libros y material didáctico; admisión en centros educativos preescolar y centros docentes sostenidos con fondos públicos; acceso a las viviendas protegidas; Exenciones y bonificaciones en tasas y precios; transportes públicos interurbanos; acceso a pruebas de selección para el ingreso en la función pública.
- En educación , en la categoría general, exención del 50% en todos los regímenes, niveles y ciclos de las tasas o precios públicos en derechos de matriculación y examen, expedición de títulos y diplomas; en la categoría Especial, exención del 100% en todos los regímenes, niveles y ciclos de las tasas o precios públicos en derechos de matriculación y examen, expedición de títulos y diplomas. Por infortunio familiar protegido por el Seguro Escolar, la prestación se incrementará en un 20% ó 50%, según las categorías.
-Además: Transportes (tren, avión), adquisición de vehículos (deducción en el impuesto de matriculación), factura del agua Información Canal Isabel II. Tel. 901.516.516. En materio tributaria, deducción en el Impuesto de Bienes Inmuebles.
Ayuntamiento localidad donde se este empadronado.
Ley 51/2002 de 27 de diciembre, de Reforma de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre.
Se aplica el tipo impositivo del 4% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por la compra de inmuebles que vayan a constituir vivienda habitual (Dirección General de Tributos. C/ General Martínez Campos, 30, Madrid. Tfn 901505060).

Miércoles, 2 de Noviembre de 2011 a las 3:02 pm
Tengo tarjeta de familia monoparental. Alguien sabe si hay algun tipo de ayudas o descuentos para estos casos?
gracias y saludos